Reclamamos Contra la AEAT tu Derivación de Responsabilidad

¡Protege tus bienes personales! Defiende tu responsabilidad fiscal

En Salcedo Tax Litigation, entendemos que enfrentar una derivación de responsabilidad por parte de la Agencia Tributaria puede ser abrumador y estresante. Nuestro equipo de expertos en derecho fiscal está aquí para ayudarte a proteger tus activos personales y tu tranquilidad. Ofrecemos servicios especializados para quienes se enfrentan a esta situación compleja.

¿Qué es la derivación de responsabilidad tributaria?

Cuando una empresa cierra y no paga sus deudas con la Agencia Tributaria, esta tiene la facultad de derivar la responsabilidad a los administradores de la empresa a título personal. Esto significa que tus activos personales pueden estar en riesgo si no actúas con rapidez y conocimiento.

Cuando recibes inmuebles de un contribuyente que tiene deudas con la Agencia Tributaria, ésta puede considerarte responsable tributario de tales deudas, y exigirte su pago, hasta el valor de los inmuebles que hayas recibido de dicho deudor.

NUESTROS servicios

En Salcedo Tax Litigation, te ofrecemos una gama completa de servicios diseñados para abordar la derivación de responsabilidad y proteger tus intereses:

Prescripción de Responsabilidad

Trabajamos para identificar si la responsabilidad fiscal ha prescrito, lo que podría eximirte de las obligaciones fiscales.

¿Por qué elegirnos?

INTEGRIDAD, COMPROMISO Y DEDICACIÓN

Rigen nuestra labor profesional. Cada día ponemos estos valores al servicio de la sociedad, siempre destinados al bien común.

DINAMISMO Y PROACTIVIDAD

Salcedo Tax Litigation es el resultado de una larga experiencia, una especialización minuciosa y una renovación constante del conocimiento.

PERSONALIZACIÓN

Apostamos por un asesoramiento legal integral que analiza todos los aspectos de cada caso. Cada cliente es diferente, por lo que nuestro trato personalizado asegura un servicio al detalle acorde a cada escenario.

Hacemos sencillo lo complejo, aportando soluciones reales a cada situación. Nos encargamos de optimizar la situación tributaria de nuestros clientes, aprovechando nuestro conocimiento de los criterios sostenidos por la Administración Tributaria y de los Tribunales de Justicia.

Contacta con Nosotros

No esperes a que tus activos personales estén en riesgo. Protege tu futuro financiero y tu tranquilidad. Nuestro equipo de abogados especializados en derivación de responsabilidad está listo para ayudarte.

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Casos de Éxito

Descubre cómo otras personas han conseguido con éxito impugnar una derivación de responsabilidad

Preguntas Frecuentes Sobre Derivación de Responsabilidad

¿Qué plazo tiene hacienda para derivar responsabilidad?

Cuando se trata de una deuda incumplida, la hacienda tiene la facultad de dirigirse al responsable solidario o subsidiario una vez constatado el impago. Es importante recordar que este plazo máximo para iniciar el procedimiento es de cuatro años después de que se produjo el impago, o cuando se declaró fallido al deudor principal.

De este modo, se busca proteger los intereses del Estado y garantizar que se recuperen las sumas adeudadas en el menor tiempo posible. Por lo tanto, si usted es responsable solidario o subsidiario de alguna empresa o particular que ha incurrido en deuda, debe estar al tanto de sus obligaciones y tomar medidas para hacer frente a la situación lo antes posible.

¿Qué es el tipo de responsabilidad tributaria?

La Ley fiscal es una de las normativas que establece el marco legal tributario en nuestro país. Esta ley establece que, en determinadas circunstancias, otras personas o entidades pueden ser declaradas responsables de una deuda tributaria, junto a los deudores principales, es decir, los sujetos pasivos que adeudan el tributo.

Esta extensión de la responsabilidad sobre el pago del tributo se debe al incumplimiento de obligaciones tributarias por parte de terceros que estén relacionados de manera directa o indirecta con la situación que generó la deuda. Es importante conocer esta información para evitar multas y sanciones por parte de la autoridad fiscal correspondiente.

¿Qué es el tipo de responsabilidad tributaria?

La Ley General Tributaria en España establece, según su artículo 41, dos tipos de responsabilidad tributaria: solidaria y subsidiaria.

La gran diferencia entre ambas radica en que la responsabilidad solidaria puede aplicarse contra cualquier uno de los responsables designados, mientras que la subsidiaria solo se activa cuando resulta imposible cobrar las deudas al deudor principal y a sus responsables solidarios.

Antes de activar la responsabilidad subsidiaria, se requiere la previa declaración de insolvencia de estos últimos. En conclusión, es importante conocer estas dos formas de responsabilidad para comprender mejor el funcionamiento del sistema tributario en España.

Responsabilidad solidaria

La responsabilidad solidaria en la deuda tributaria abarca a distintas personas o entidades, incluidos:

  • Aquellos que han participado activamente en la realización de una infracción tributaria, lo que implica que su responsabilidad se extiende a la sanción correspondiente.
  • Partícipes o cotitulares de las entidades en proporción a sus participaciones respecto a las obligaciones tributarias materiales de dichas entidades.
  • Aquellos que suceden en la titularidad o ejercicio de explotaciones o actividades económicas, pues se hacen cargo de las obligaciones tributarias contraídas por el anterior titular y derivadas de su ejercicio.

Es importante tener en cuenta estas categorías al momento de asumir responsabilidades y cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes.

También serán responsables solidarios del pago de la deuda tributaria pendiente y, en todo caso, de las sanciones tributarias procedentes -incluidos el recargo y el interés de demora del período ejecutivo-, hasta el importe del valor de los bienes o derechos que se hubieran podido embargar o enajenar por la Administración tributaria, las siguientes personas o entidades:

  • Aquellas que sean causantes o colaboren en la ocultación o transmisión de bienes o derechos del obligado al pago con el fin de impedir la actuación de la Administración tributaria.
  • Aquellas que, por culpa o negligencia, incumplan las órdenes de embargo.
  • Personas que, teniendo conocimiento del embargo, la medida cautelar o la constitución de la garantía, colaboren o consientan en el levantamiento de los bienes o derechos embargados, o de aquellos bienes o derechos sobre los que se haya establecido la medida cautelar o la garantía.

Las personas o entidades depositarias de los bienes del deudor que, una vez recibida la notificación del embargo, colaboren o consientan en el levantamiento de estos.

Responsabilidad subsidiaria

Las siguientes personas o entidades son responsables subsidiarias de la deuda tributaria:

  • Los administradores de entidades que hayan cometido infracciones tributarias si no tomaron medidas para cumplir con las obligaciones tributarias.
  • Administradores de entidades que han cesado en sus actividades por las obligaciones tributarias pendientes al momento del cese.
  • Los administradores concursales y liquidadores que no cumplieron con las obligaciones tributarias devengadas antes de su nombramiento.
  • Adquirentes de bienes sujetos al pago de la deuda tributaria.
  • Los representantes aduaneros que actúen en nombre de sus clientes.
  • Las entidades que contraten o subcontraten obras o servicios, por las obligaciones tributarias relativas a los impuestos que deben repercutirse o las cantidades que deben retenerse.
  • Entidades que tengan control efectivo sobre las personas jurídicas o compartan una voluntad común con ellas, cuando se demuestre que han sido creadas o utilizadas de manera abusiva o fraudulenta para eludir la responsabilidad frente a Hacienda.
  • Los administradores de entidades obligadas a declarar e ingresar deudas tributarias cuando no realicen el ingreso reiterativamente, demostrando la falta de intención de cumplir con la obligación tributaria.

¿Cuál es el procedimiento para exigir la responsabilidad tributaria?

Según el artículo 174 de la LGT, para reclamar la responsabilidad fiscal se necesita una declaración de responsabilidad que puede ser emitida tras la liquidación o auto-liquidación.

El proceso se inicia con un acuerdo del órgano competente notificado al interesado, seguido por un periodo de audiencia de 15 días. El procedimiento se resuelve en un máximo de 6 meses.

El artículo 175 de la LGT establece cómo exigir la responsabilidad solidaria, que comienza oficialmente por la Administración:

Si la responsabilidad ha sido declarada y notificada antes del final del periodo voluntario de pago, se requerirá su pago tras este periodo. En otros casos, tras el periodo voluntario de pago, la autoridad competente emitirá una declaración de responsabilidad para notificar al responsable. Quien desee adquirir una actividad económica puede solicitar a la Administración una certificación detallada de las deudas y responsabilidades tributarias del titular anterior. La Administración debe emitir dicha certificación en tres meses desde la solicitud. Si no se hace, el solicitante queda exento de responsabilidad.

El procedimiento para reclamar la responsabilidad subsidiaria, según el artículo 176 de la LGT, implica que si el deudor principal y los responsables solidarios son declarados insolventes, la Administración emitirá una declaración de responsabilidad para notificar al responsable subsidiario.

Finalmente, los responsables fiscales tienen derecho a reembolso del deudor principal según la legislación civil.

¿Cuándo se produce un supuesto de responsabilidad subsidiaria?

Para exigir responsabilidad tributaria, es necesario que la Administración realice la declaración de responsabilidad mediante un acto administrativo establecido en el artículo 174 de la Ley General Tributaria. Es importante destacar que, cuando resulta imposible cobrar la deuda tributaria al deudor principal y responsables solidarios, se configura una responsabilidad subsidiaria de forma indirecta.

Esta responsabilidad, en términos sencillos, significa que se buscarán otros medios para cubrir la deuda tributaria, ya sea a través de bienes del deudor principal o de terceros relacionados con la persona jurídica. Por lo tanto, es fundamental conocer las implicaciones de la responsabilidad subsidiaria para estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes.

En Salcedo Tax Litigation, estamos comprometidos en defender tus derechos y proteger tu patrimonio personal. No te enfrentes solo a la Agencia Tributaria. ¡Contáctanos hoy mismo!