El Supremo decidirá si aceptar una donación a un hijo menor puede convertir a un progenitor en deudor de Hacienda

Jose María Salcedo

Abogado especialista en Litigación Tributaria

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La Revista Abogados de Familia, de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), publica en su último número un artículo sobre la responsabilidad tributaria por donación a menores firmado por José María Salcedo, abogado especialista en procedimiento tributario y Socio Director de Salcedo Tax Litigation & Legal Advising. El artículo analiza un asunto que el propio Salcedo dirige personalmente ante el Tribunal Supremo.

La responsabilidad tributaria por donación a menores, a examen en el Supremo

El problema es más habitual de lo que parece, explica Salcedo. Unos padres, ya separados, acuden a notaría para que uno de ellos done a sus hijos menores un inmueble. El otro progenitor comparece solo para aceptar la donación en representación de los niños, en lo que parece un simple trámite.

«Si quien dona tiene una deuda con Hacienda, esa comparecencia puede complicarle la vida a quien solo fue a firmar», señala el Socio Director de Salcedo Tax Litigation & Legal Advising. «La Agencia Tributaria puede declararlo responsable de esa deuda, entendiendo que colaboró en sacar bienes del alcance del deudor.»

Un recurso de casación que dirige personalmente José María Salcedo

En el caso que aborda el artículo ocurrió justamente eso. Una madre aceptó en notaría la donación que el padre de sus hijos, entonces deudor de Hacienda, hizo a estos de una vivienda, un garaje y un trastero. La Agencia Tributaria la declaró responsable solidaria de la deuda de él, por 80.000 euros, el valor de los inmuebles.

Tanto el TEAR de Valencia como el TSJ de la Comunidad Valenciana dieron la razón a Hacienda. Contra esa sentencia, José María Salcedo preparó recurso de casación, que el Tribunal Supremo ha admitido mediante Auto de 22 de abril de 2026 (recurso 3163/2025). La Sala decidirá ahora si aceptar una donación en nombre de los hijos menores puede convertir a quien solo interviene en notaría en responsable de la deuda tributaria del otro progenitor. «Es una cuestión con mucho recorrido práctico en familias separadas o divorciadas», apunta Salcedo.

Qué hacer mientras el Supremo resuelve

«Mi recomendación, por ahora, es prudente», comenta el Socio Director de Salcedo Tax Litigation & Legal Advising. «Si uno de los progenitores tiene deudas con Hacienda, o sospecha que podría tenerlas, mejor evitar este tipo de donaciones a los hijos menores. Y si la operación ya se hizo y ha llegado una declaración de responsabilidad, hay argumentos, ligados a quién puede aceptar una donación según el Código Civil, para defender que esa intervención en notaría no debería suponer responsabilidad tributaria por donación a menores

En la revista de AEAFA, José María Salcedo desarrolla estos argumentos con más detalle, junto con el recorrido completo del caso y la doctrina que el propio Supremo fijó en 2021 sobre la responsabilidad de los menores.

Los socios de la asociación pueden acceder aquí para leer el artículo completo. Quienes se enfrenten a una situación parecida pueden contactar con Salcedo Tax Litigation & Legal Advising para valorar su caso.

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho haciendo click aquí o bien escríbenos al email: contacto@josemariasalcedo.com

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