Fiscalidad inmobiliaria «provida» para las familias numerosas de Madrid

Jose María Salcedo

Abogado especialista en Litigación Tributaria

A. BenaA. Bena
10:05 28 Nov 24
Los conocía a través de internet y el caso que nos ha llevado, ha salido a mi favor gracias a sus servicios, tanto mi mujer como yo estamos encantados por el trato y la resolución del caso, muy competente, altamente recomendable.
M I DM I D
12:11 04 Nov 24
Jose ManuelJose Manuel
17:15 03 Oct 24
Magnífico profesional, de los que hoy día cuesta trabajo encontrar.100% recomendable.
Ignacio P.P.Ignacio P.P.
17:00 22 Sep 24
Excelente en el trato como en la información y asesoramiento que me ha prestado. Genera mucha confianza. Contactar con él es fácil y rápido, así da gusto. Y lo más importante, un experto en su campo.
Jairo NuezJairo Nuez
13:38 19 Sep 24
José María, es un excelente profesional, le contacté por un tema específico el cual dominaba a la perfección y me explicó claramente las posibilidades y situación. A parte de ello es una persona cercana y con capacidad de escucha. En resumen recomiendo sus servicios.
Rosa JarenoRosa Jareno
08:11 05 Aug 24
Contraté los servicios de JM Salcedo para reclamar un impuesto municipal (IBI) mal aplicado y he recibido la sentencia favorable y la devolución estos días. Estoy muy agradecida y satisfecha por los servicios que me ha prestado y por el éxito de la reclamación.
Mirinda LimonMirinda Limon
09:13 18 Jun 24
Muy eficiente a la par que cercano, no le importa tomarse la molestia de explicar con tranquilidad las cosas lo cual para mi es casi tan importante como el resultado. Muy contenta de haber puesto en sus manos mis asuntos, mejor resultado no podría esperar. Lo recomiendo absolutamente.
Antonio MorenoAntonio Moreno
15:56 13 Jun 24
Una maravilla. Cuando nadie confiaba en mi reclamación, José María la ha llevado hasta el Tribunal Superior con éxito. Un éxito que podrán utilizar ahora todos los padres divorciados, con hijos y pensiones de alimentos. José María ha tumbado la decisión de Hacienda, de que retornara las cantidades que me había desgravado por la pensión de alimentos, ya que Hacienda decía que no podía hacerlo al desgravarme por hijos. Eso si, solo me permitía desgravar la menor de las cantidades. Muchas gracias por todo José María. Un fuerte abrazo
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El concebido no nacido, o nasciturus, es sujeto de derechos, y se tiene por nacido a todos los efectos que le sean favorables, según reconoce el artículo 29 del Código Civil. Esos efectos favorables se despliegan también en el ámbito tributario, y pueden suponer un ahorro fiscal para el niño que está por nacer y para sus familias.

Esta cuestión ha sido analizada por nuestro Socio Director, José María Salcedo Benavente, abogado especializado en litigación tributaria frente a Hacienda en la última tribuna publicada en «David contra Goliat», su blog alojado en Idealista.

Así, afirma José María Salcedo que «pocas veces se habla de los efectos favorables que, para el nasciturus, tiene el ahorrarse unos cuantos impuestos. Ellos, o la familia de la que forman parte. Pues bien, esta situación novedosa es la que ha reconocido una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid de 28-6-2024, estimando el recurso que he tenido la gran satisfacción de poder dirigir, e imponiendo además las costas a la Administración.»

El caso planteado ante el TSJ de Madrid

En el caso planteado ante el TSJ de Madrid, la Comunidad de Madrid negó la aplicación del tipo reducido del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) por la compra de vivienda habitual por familias numerosas. Ello, porque cuando la familia compró la vivienda habitual, el tercer hijo que les otorgaba la condición de “numerosa” se encontraba todavía en gestación, produciéndose su feliz nacimiento unos meses después de la compra.

Como consecuencia de ello, la Comunidad de Madrid consideró que a la fecha del devengo del impuesto no se tenía la condición de familia numerosa, y rechazó la aplicación del tipo reducido.

Sin embargo, el TSJ de Madrid ha dado la razón a un contribuyente que, una vez producido el nacimiento de dicho tercer hijo, solicitó a la Comunidad de Madrid la rectificación del modelo 600 de ITP presentado, y la devolución de ingresos indebidos. Ello, declarando que “Conforme al artículo 29 del Código Civil, al concebido se le tendrá por nacido a todos los efectos que le sean favorables. En aplicación de este artículo, entendemos procedente considerar al hijo concebido como nacido en la fecha de devengarse este impuesto y a los efectos de su importe.”

Los efectos favorables son para el nasciturus y para sus familias

En su contestación a la Demanda, la Comunidad de Madrid se opuso a la aplicación del tipo reducido. Ello, por considerar que en este caso la aplicación del tipo reducido no era un «efecto favorable» para el nasciturus, sino para sus padres, adquirentes de la vivienda habitual y sujetos pasivos del ITP.

Sin embargo, en la sentencia «el TSJ de Madrid reconoce que la aplicación del tipo reducido para familias numerosas es un efecto favorable para el nasciturus, y no únicamente para los padres.» Todo ello, rechazando la tesis de la Comunidad de Madrid expuesta.

En definitiva, y según afirma José María Salcedo en su tribuna de opinión, «la sentencia del TSJ de Madrid supone un impulso provida a la fiscalidad inmobiliaria de las familias numerosas de Madrid. Y confirma que las políticas de protección de la familia no sólo son ajustadas a Derecho, sino muy beneficiosas para la sociedad. Y es que, como afirmó Winston Churchill, ‘No hay duda de que es alrededor de la familia y el hogar donde se crean, fortalecen y mantienen todas las virtudes más grandes’.»

Pulsa aquí para leer la tribuna de opinión publicada en Idealista.

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho haciendo click aquí o bien escríbenos al email: contacto@josemariasalcedo.com

A. BenaA. Bena
10:05 28 Nov 24
Los conocía a través de internet y el caso que nos ha llevado, ha salido a mi favor gracias a sus servicios, tanto mi mujer como yo estamos encantados por el trato y la resolución del caso, muy competente, altamente recomendable.
M I DM I D
12:11 04 Nov 24
Jose ManuelJose Manuel
17:15 03 Oct 24
Magnífico profesional, de los que hoy día cuesta trabajo encontrar.100% recomendable.
Ignacio P.P.Ignacio P.P.
17:00 22 Sep 24
Excelente en el trato como en la información y asesoramiento que me ha prestado. Genera mucha confianza. Contactar con él es fácil y rápido, así da gusto. Y lo más importante, un experto en su campo.
Jairo NuezJairo Nuez
13:38 19 Sep 24
José María, es un excelente profesional, le contacté por un tema específico el cual dominaba a la perfección y me explicó claramente las posibilidades y situación. A parte de ello es una persona cercana y con capacidad de escucha. En resumen recomiendo sus servicios.
Rosa JarenoRosa Jareno
08:11 05 Aug 24
Contraté los servicios de JM Salcedo para reclamar un impuesto municipal (IBI) mal aplicado y he recibido la sentencia favorable y la devolución estos días. Estoy muy agradecida y satisfecha por los servicios que me ha prestado y por el éxito de la reclamación.
Mirinda LimonMirinda Limon
09:13 18 Jun 24
Muy eficiente a la par que cercano, no le importa tomarse la molestia de explicar con tranquilidad las cosas lo cual para mi es casi tan importante como el resultado. Muy contenta de haber puesto en sus manos mis asuntos, mejor resultado no podría esperar. Lo recomiendo absolutamente.
Antonio MorenoAntonio Moreno
15:56 13 Jun 24
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