Cada vez queda menos para que los contribuyentes tengan que presentar una autoliquidaciones rectificativas a la hora de corregir los errores cometidos al tributar en el IRPF, IVA, e Impuesto de Sociedades. Ello, en lugar de solicitar un escrito explicando el error cometido, y pidiendo una devolución, que es lo que se hacía hasta ahora.
Sin embargo, son muchas las dudas y preocupaciones que generan las nuevas autoliquidaciones rectificativas, siendo la principal de ellas el riesgo de recibir una sanción tributaria, en caso de que Hacienda no esté de acuerdo con la rectificación realizada por el contribuyente.
¿Existe riesgo de recibir una sanción por presentar una autoliquidación rectificativa?
Nuestro Socio Director, José María Salcedo Benavente, abogado especializado en la interposición de todo tipo de reclamaciones frente a Hacienda, se refiere a esta cuestión en este artículo publicado en el Diario Autónomos y Emprendedores. Ello, afirmando de forma contundente que la posibilidad de sancionar existe y es real dado que el cambio de la nueva autoliquidación rectificativa no viene acompañado de un cambio normativo a efectos de sanciones.
Y es que en su opinión, “con la normativa tributaria que hay en este momento, si el autónomo o el contribuyente ingresa menos deuda o pide una devolución que no corresponde, lo haga a través de una autoliquidación o través de la nueva rectificativa, es objeto de una posible sanción”.
Devolución del ahorro fiscal obtenido, junto con los intereses de demora
Además, hay que tener en cuenta que la regularización de la autoliquidación rectificativa supondrá el dictado de una liquidación ordenando al contribuyente la devolución del importe que se ahorró al presentar la rectificativa, junto con los interseses de demora.
Por tanto, la exigencia de estos intereses de demora junto con la posibilidad de recibir una sanción supone que rectificar una autoliquidación sea a partir de ahora una actividad de riesgo. Y ello, en opinón de Salcedo «toma un cariz más grave cuando se da el caso de una rectificación que implica cantidades elevadas de dinero.”
Las rectificativas, útiles para corregir errores sencillos
Ello no quita que las rectificativas sí puedan ser útiles en caso de errores muy sencillos, que se corregirán ahora de una forma mucho más simple.
Sin embargo, el problema es que “gran parte de las solicitudes de rectificación se presentan por discrepancias. Los autónomos y los contribuyentes cumplen primero con la Agencia Tributaria y luego reclaman si no están de acuerdo con el criterio seguido en la declaración, pero no hay riesgo, dado que las obligaciones tributarias están cubiertas. Sin embargo, esta vía es la que se ha eliminado”, señala José María Salcedo.
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