Hacienda debe valorar la obra hecha en una vivienda… aunque el contribuyente no conserve justificantes ni facturas

Jose María Salcedo

Abogado especialista en Litigación Tributaria

Simon Sananes
08:28 13 Mar 25
Los mejores
Es un abogado muy profesional, honesto, claro y brillante en su especialidad.Todo un referente defendiendo al contribuyente ante Agencia Tributaria que actúa desde la excelencia de forma responsable y transparente.No hay muchos abogados así.Sin duda estarás en muy buenas manos.
Concha Perales
13:45 22 Jan 25
Recomiendo a este despacho para cualquier proyecto relacionado con temas fiscales. Excelente gestión con la Hacienda Pública defendiendo nuestros intereses y con resultados positivos y totalmente satisfactorios para nosotros. Merece toda nuestra confianza.
Alfredo Leyzaola
20:18 03 Jan 25
Contraté a este abogado para que me llevase un caso con hacienda. Nunca imaginé que ganaría el caso, pero él lo hizo. Gran profesional, seriedad y honestidad en todo el procedimiento. Recomiendo sin lugar a dudas a este abogado.
Hamadi Dem
19:14 13 Dec 24
He utilizado los servicios de Don José María Salcedo en una reclamación a la AEAT sobre una aplicación incorrecta de una plusvalia. El resultado ha sido positivo despues de varias reclamaciones a diferentes instancias.El trabajo realizado por D. José María ha sido excelente.
Extraordinario servicio y atención. Siempre dispuesto y con un solido conocimiento fiscal, no solo de las siempre cambiantes normas si no también de los detalles y peculiaridades internas de la AEAT, asi como de sus tribunales en las distintas comunidades autónomas. Muy satisfecho con su trabajo.
A. Bena
10:05 28 Nov 24
Los conocía a través de internet y el caso que nos ha llevado, ha salido a mi favor gracias a sus servicios, tanto mi mujer como yo estamos encantados por el trato y la resolución del caso, muy competente, altamente recomendable.
M I D
12:11 04 Nov 24
Jose Manuel
17:15 03 Oct 24
Magnífico profesional, de los que hoy día cuesta trabajo encontrar.100% recomendable.
Ignacio P.P.
17:00 22 Sep 24
Excelente en el trato como en la información y asesoramiento que me ha prestado. Genera mucha confianza. Contactar con él es fácil y rápido, así da gusto. Y lo más importante, un experto en su campo.
Jairo Nuez
13:38 19 Sep 24
José María, es un excelente profesional, le contacté por un tema específico el cual dominaba a la perfección y me explicó claramente las posibilidades y situación. A parte de ello es una persona cercana y con capacidad de escucha. En resumen recomiendo sus servicios.
Rosa Jareno
08:11 05 Aug 24
Contraté los servicios de JM Salcedo para reclamar un impuesto municipal (IBI) mal aplicado y he recibido la sentencia favorable y la devolución estos días. Estoy muy agradecida y satisfecha por los servicios que me ha prestado y por el éxito de la reclamación.
Mirinda Limon
09:13 18 Jun 24
Muy eficiente a la par que cercano, no le importa tomarse la molestia de explicar con tranquilidad las cosas lo cual para mi es casi tan importante como el resultado. Muy contenta de haber puesto en sus manos mis asuntos, mejor resultado no podría esperar. Lo recomiendo absolutamente.
Antonio Moreno
15:56 13 Jun 24
Una maravilla. Cuando nadie confiaba en mi reclamación, José María la ha llevado hasta el Tribunal Superior con éxito. Un éxito que podrán utilizar ahora todos los padres divorciados, con hijos y pensiones de alimentos. José María ha tumbado la decisión de Hacienda, de que retornara las cantidades que me había desgravado por la pensión de alimentos, ya que Hacienda decía que no podía hacerlo al desgravarme por hijos. Eso si, solo me permitía desgravar la menor de las cantidades. Muchas gracias por todo José María. Un fuerte abrazo

Suscríbete a nuestro blog

Loading

Las inversiones y mejoras realizadas en un inmueble incrementan su valor de adquisición a efectos del cálculo de la ganancia patrimonial en el IRPF, en el momento de su transmisión. Muchas veces, la acreditación sobre la realidad de las inversiones y mejoras realizadas se lleva a cabo mediante la escritura de obra nueva. En ella, se indica que en qué consisten las obras realizadas, y también cuál fue el valor de la obra nueva.

Sin embargo, Hacienda plantea en muchos casos problemas para permitir que tal gasto pueda incluirse como mayor valor de adquisición, y parece que los tribunales de Hacienda, y los de Justicia, navegan por aguas bien distintas.

Todas estas cuestiones han sido analizadas por nuestro Socio Director, José María Salcedo, abogado especialista en procedimiento tributario, en la última tribuna de opinión que ha publicado en «David contra Goliat«, su blog alojado en Idealista.

El restrictivo criterio de Hacienda sobre el valor de la obra nueva, cuando no se conservan facturas ni justificantes

En su tribuna, José María Salcedo recuerda que, como regla general no bastará con aportar la escritura de obra nueva, sino que «será necesario acreditar la existencia de dicha obra nueva, en qué consistió ésta, y su valor cierto. Para acreditar dicho valor el contribuyente debe contar con documentación como pueden ser las facturas emitidas por las empresas o profesionales que realizaron las obras, la licencia de obra expedida por la administración correspondiente, los proyectos técnicos elaborados por arquitectos o ingenieros, y los justificantes de pago que acrediten el desembolso efectivo de los importes.»

Y es que a falta de dicha prueba sobre la realidad y valor de la obra nueva, la Administración no considerará que las referidas obras tienen el carácter de inversión o mejora al efecto de incrementar el valor de adquisición del inmueble y reducir la ganancia patrimonial en el IRPF.

Cuando la existencia de la obra nueva es indiscutible

Puede ocurrir, sin embargo, que el contribuyente no logre acreditar el valor de la obra nueva, pero que sin embargo su existencia sea indiscutible. En estos casos, en opinión de nuestro Socio Director no tiene sentido alguno atribuir a dicha obra nueva un valor de cero euros.

valor de la obra nueva

En este sentido se pronunció también el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) declarando que «si la Administración, en particular tratándose de bienes inmuebles, tomara como valor de adquisición el de 0 euros sin haber utilizado los medios de prueba que razonablemente obran o pueden obrar en su poder, se estaría infringiendo un precepto de una norma legal, el artículo 35 LIRPF, precepto que está obligada a aplicar y del que no puede prescindir.”

Sin embargo, José María Salcedo recuerda que el criterio del TEAC es que la Administración no está obligada a iniciar actuaciones de comprobación de valores para obtener el valor de la obra nueva, sino que cumple requiriendo la escritura de adquisición del inmueble, y los justificantes y gastos de las obras o reformas realizadas en el inmueble.en el IRPF.

El criterio de los Tribunales de Justicia sobre el valor de la obra nueva

Afortunadamente, el criterio de los Tribunales de Justicia es bien distinto. Así, nuestro Socio Director alude en su tribuna a diversos pronunciamientos de tribunales que no sólo rechazan que se pueda atribuir un valor de cero euros a la obra nueva realizada, sino que incluso exigen a la Adminsitración que lleve a cabo actuaciones de comprobación de valores sobre el inmueble para determinar el valor de la obra nueva.

En definitiva, José María Salcedo considera que «por mucho que el TEAC con sus resoluciones intente disuadir a los contribuyentes de que exijan a la AEAT que valore la obra nueva realizada, y le otorgue un valor superior al absurdo de cero euros, vemos que los Tribunales sí están dando la razón a los contribuyentes.«

Por ello en su opinión «no conviene rendirse sino, muy al contrario, aportar todos los medios de prueba que se tengan para acreditar el valor de la obra nueva. Y caso de que esto no sea posible, exigir a la Administración que le otorgue un valor utilizando los medios de comprobación que están en su mano.»

Pulsa aquí para leer la tribuna completa publicada en el blog «David contra Goliat», alojado en Idealista.

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho haciendo click aquí o bien escríbenos al email: contacto@josemariasalcedo.com

Simon Sananes
08:28 13 Mar 25
Los mejores
Es un abogado muy profesional, honesto, claro y brillante en su especialidad.Todo un referente defendiendo al contribuyente ante Agencia Tributaria que actúa desde la excelencia de forma responsable y transparente.No hay muchos abogados así.Sin duda estarás en muy buenas manos.
Concha Perales
13:45 22 Jan 25
Recomiendo a este despacho para cualquier proyecto relacionado con temas fiscales. Excelente gestión con la Hacienda Pública defendiendo nuestros intereses y con resultados positivos y totalmente satisfactorios para nosotros. Merece toda nuestra confianza.
Alfredo Leyzaola
20:18 03 Jan 25
Contraté a este abogado para que me llevase un caso con hacienda. Nunca imaginé que ganaría el caso, pero él lo hizo. Gran profesional, seriedad y honestidad en todo el procedimiento. Recomiendo sin lugar a dudas a este abogado.
Hamadi Dem
19:14 13 Dec 24
He utilizado los servicios de Don José María Salcedo en una reclamación a la AEAT sobre una aplicación incorrecta de una plusvalia. El resultado ha sido positivo despues de varias reclamaciones a diferentes instancias.El trabajo realizado por D. José María ha sido excelente.
Extraordinario servicio y atención. Siempre dispuesto y con un solido conocimiento fiscal, no solo de las siempre cambiantes normas si no también de los detalles y peculiaridades internas de la AEAT, asi como de sus tribunales en las distintas comunidades autónomas. Muy satisfecho con su trabajo.
A. Bena
10:05 28 Nov 24
Los conocía a través de internet y el caso que nos ha llevado, ha salido a mi favor gracias a sus servicios, tanto mi mujer como yo estamos encantados por el trato y la resolución del caso, muy competente, altamente recomendable.
M I D
12:11 04 Nov 24
Jose Manuel
17:15 03 Oct 24
Magnífico profesional, de los que hoy día cuesta trabajo encontrar.100% recomendable.
Ignacio P.P.
17:00 22 Sep 24
Excelente en el trato como en la información y asesoramiento que me ha prestado. Genera mucha confianza. Contactar con él es fácil y rápido, así da gusto. Y lo más importante, un experto en su campo.
Jairo Nuez
13:38 19 Sep 24
José María, es un excelente profesional, le contacté por un tema específico el cual dominaba a la perfección y me explicó claramente las posibilidades y situación. A parte de ello es una persona cercana y con capacidad de escucha. En resumen recomiendo sus servicios.
Rosa Jareno
08:11 05 Aug 24
Contraté los servicios de JM Salcedo para reclamar un impuesto municipal (IBI) mal aplicado y he recibido la sentencia favorable y la devolución estos días. Estoy muy agradecida y satisfecha por los servicios que me ha prestado y por el éxito de la reclamación.
Mirinda Limon
09:13 18 Jun 24
Muy eficiente a la par que cercano, no le importa tomarse la molestia de explicar con tranquilidad las cosas lo cual para mi es casi tan importante como el resultado. Muy contenta de haber puesto en sus manos mis asuntos, mejor resultado no podría esperar. Lo recomiendo absolutamente.
Antonio Moreno
15:56 13 Jun 24
Una maravilla. Cuando nadie confiaba en mi reclamación, José María la ha llevado hasta el Tribunal Superior con éxito. Un éxito que podrán utilizar ahora todos los padres divorciados, con hijos y pensiones de alimentos. José María ha tumbado la decisión de Hacienda, de que retornara las cantidades que me había desgravado por la pensión de alimentos, ya que Hacienda decía que no podía hacerlo al desgravarme por hijos. Eso si, solo me permitía desgravar la menor de las cantidades. Muchas gracias por todo José María. Un fuerte abrazo
Loading