Llega Verifactu (también conocido como Veri*Factu), el nuevo sistema de facturación que se va a implantar de manera obligatorio para las empreas, autónomos y profesionales. Por ello, se trata de un nuevo régimen de facturación que afecta de lleno al colectivo de abogados, y en especial, al colectivo de abogados de familia.
Esta cuestión ha sido tratada por nuestro Socio Director, José María Salcedo, abogado especialista en procedimiento tributario, en la sección «La Consulta Fiscal» de la revista de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA).
Qué es VeriFactu, y por qué surge
VeriFactu surge para prevenir el fraude fiscal, y en especial la ocultación de ventas e ingresos por parte de los empresarios y profesionales. No obstante, José María Salcedo recuerda que se trata de un sistema que se aplicará de forma obligatoria en todo el territorio español, a excepción de los Territorios Históricos de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, y de la Comunidad Foral de Navarra.

A quién afecta, y a qué sistemas y equipos informáticos
Además, VeriFactu afecta a todo tipo de contribuyentes que realicen actividades empresariales y profesionales. Y en especial al colectivo de abogados. Ello, recuerda nuestro Socio Director en su tribuna, independientemente de la forma jurídica a través de la que ejerzan su actividad.
La necesidad de actualizarse a VeriFactu afectará en su opinión tanto a los que trabajen con programas de facturación, como a los que venían emitiendo sus facturas utilizando programas como Word, Excel, o PDF.
Cuándo hay que adaptarse a VeriFactu y qué tengo que hacer
A priori, los contribuyentes deberían estar listos para pasarse a VeriFactu a partir del próximo 1-7-2025. Sin embargo, José María Salcedo resalta en su artículo que los retrasos en aprobar la normativa de desarrollo supondrán que finalmente la fecha de adaptación se retrase en el tiempo.
Los contribuyentes podrán actualizar su programa de facturación, o adquirir uno nuevo (sino lo tenían). Además, también se prevé la posiblidad de utilizar aplicación que estará disponible en la web de la Agencia Tributaria.
Pulsa aquí para leer el artículo completo publicado en la revista de AEAFA.