Nuevo frente judicial contra el valor de referencia de Catastro ¿cómo podría beneficiar a los contribuyentes?

Jose María Salcedo

Abogado especialista en Litigación Tributaria

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El Socio Director de Salcedo Tax Litigation & Legal Advising, José María Salcedo, ha publicado un nuevo artículo en su blog David contra Goliat, alojado en Idealista, en el que analiza uno de los temas más controvertidos actualmente en materia tributaria: el valor de referencia de Catastro.

En esta publicación, se pone el foco en un aspecto que puede resultar decisivo para miles de contribuyentes: los recursos interpuestos por la Asociación Española de Asesores Fiscales ante la Audiencia Nacional contra el procedimiento de determinación anual de dicho valor.

El problema jurídico en la determinación del valor de referencia

El artículo explica cómo, pese a que el Tribunal Constitucional ha avalado la constitucionalidad del valor de referencia, ello no cierra la puerta a su impugnación.

Y es que existe una importante debilidad en su desarrollo normativo: la utilización de informes, mapas de valores y circulares internas del Catastro —sin rango reglamentario— para concretar los valores que afectan directamente a la base imponible de impuestos como el ITPAJD o el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Se trata, por tanto, de instrumentos internos que, sin tener rango normativo suficiente, están influyendo de forma decisiva en la tributación de los contribuyentes.

Qué se está discutiendo en la Audiencia Nacional

Tal y como se expone en el artículo, los recursos planteados denuncian precisamente esa falta de desarrollo reglamentario, cuestionando que la individualización de valores se esté llevando a cabo mediante normas internas sin eficacia jurídica frente a terceros.

Además, el propio Tribunal Constitucional ha reconocido este déficit normativo, lo que refuerza la relevancia de los procedimientos actualmente en curso.

A ello se suma la reciente doctrina del Tribunal Supremo, que ha limitado el alcance de las normas internas cuando pretenden producir efectos vinculantes frente a terceros, lo que podría tener un impacto directo en la validez del sistema del valor de referencia.

Consecuencias para los contribuyentes

Una eventual estimación de estos recursos podría tener un efecto de gran alcance. Y es que podría declararse la nulidad del sistema de determinación del valor de referencia, al haberse apoyado en instrumentos sin la necesaria cobertura normativa.

Esto facilitaría la estimación de numerosos recursos actualmente en tramitación, así como la posibilidad de revisar autoliquidaciones ya presentadas y recuperar ingresos indebidos.

En definitiva, se abre un escenario especialmente favorable para los contribuyentes que hayan tributado conforme a un valor de referencia superior al de mercado.

La importancia de una defensa especializada

Desde Salcedo Tax Litigation & Legal Advising se insiste en que el valor de referencia de Catastro sigue siendo plenamente impugnable, incluso tras su aval constitucional.

La experiencia demuestra que una correcta estrategia procesal, apoyada en prueba técnica adecuada —especialmente informes que analicen la realidad del inmueble conforme a criterios catastrales—, puede resultar decisiva para lograr la anulación de liquidaciones tributarias.

El despacho cuenta con una amplia trayectoria en la defensa de contribuyentes frente a Hacienda, siendo un referente en la impugnación del valor de referencia.

¿Te han aplicado el valor de referencia de Catastro? Podemos ayudarte

Si has adquirido un inmueble y Hacienda te ha obligado a tributar conforme al valor de referencia, o si consideras que dicho valor es superior al de mercado, es fundamental analizar tu caso cuanto antes.

En Salcedo Tax Litigation & Legal Advising estudiamos cada situación de forma individualizada, valorando las opciones de recurso y diseñando la mejor estrategia para defender tus intereses frente a la Administración tributaria.

Contacta con nuestro equipo y analiza sin compromiso las posibilidades de impugnación de tu caso.

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho haciendo click aquí o bien escríbenos al email: contacto@josemariasalcedo.com

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TEAR de Valencia: anulación de acuerdos de declaración de responsabilidad del 43.1.a y del 42.2.a, LGT

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El TEAR de Valencia nos ha notificado dos resoluciones favorables en materia de responsabilidad tributaria. En la primera de ellas se anula íntegramente una declaración de responsabilidad del artículo 43.1.a, LGT. En la segunda, se reduce considerablemente el alcance de la responsabilidad del artículo 42.2.a, LGT. Lo anterior demuestra la conveniencia de recurrir estas declaraciones de responsabilidad.