Alquiler a estudiantes e IRPF

Jose María Salcedo

Abogado especialista en Litigación Tributaria

A. BenaA. Bena
10:05 28 Nov 24
Los conocía a través de internet y el caso que nos ha llevado, ha salido a mi favor gracias a sus servicios, tanto mi mujer como yo estamos encantados por el trato y la resolución del caso, muy competente, altamente recomendable.
M I DM I D
12:11 04 Nov 24
Jose ManuelJose Manuel
17:15 03 Oct 24
Magnífico profesional, de los que hoy día cuesta trabajo encontrar.100% recomendable.
Ignacio P.P.Ignacio P.P.
17:00 22 Sep 24
Excelente en el trato como en la información y asesoramiento que me ha prestado. Genera mucha confianza. Contactar con él es fácil y rápido, así da gusto. Y lo más importante, un experto en su campo.
Jairo NuezJairo Nuez
13:38 19 Sep 24
José María, es un excelente profesional, le contacté por un tema específico el cual dominaba a la perfección y me explicó claramente las posibilidades y situación. A parte de ello es una persona cercana y con capacidad de escucha. En resumen recomiendo sus servicios.
Rosa JarenoRosa Jareno
08:11 05 Aug 24
Contraté los servicios de JM Salcedo para reclamar un impuesto municipal (IBI) mal aplicado y he recibido la sentencia favorable y la devolución estos días. Estoy muy agradecida y satisfecha por los servicios que me ha prestado y por el éxito de la reclamación.
Mirinda LimonMirinda Limon
09:13 18 Jun 24
Muy eficiente a la par que cercano, no le importa tomarse la molestia de explicar con tranquilidad las cosas lo cual para mi es casi tan importante como el resultado. Muy contenta de haber puesto en sus manos mis asuntos, mejor resultado no podría esperar. Lo recomiendo absolutamente.
Antonio MorenoAntonio Moreno
15:56 13 Jun 24
Una maravilla. Cuando nadie confiaba en mi reclamación, José María la ha llevado hasta el Tribunal Superior con éxito. Un éxito que podrán utilizar ahora todos los padres divorciados, con hijos y pensiones de alimentos. José María ha tumbado la decisión de Hacienda, de que retornara las cantidades que me había desgravado por la pensión de alimentos, ya que Hacienda decía que no podía hacerlo al desgravarme por hijos. Eso si, solo me permitía desgravar la menor de las cantidades. Muchas gracias por todo José María. Un fuerte abrazo
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La ley del IRPF contempla una reducción que pueden aplicar los arrendadores de vivienda, sobre el rendimiento neto obtenido por el alquiler. No obstante, es imprescindible que el arrendamiento sea para uso de vivienda. Y en esta tesitura la Administración viene desde hace tiempo negando la aplicación de la reducción cuando el alquiler se realiza a estudiantes, por temporada, y formalizado normalmente en contratos de diez meses de duración.

Nuestro Socio Director, José María Salcedo Benavente, abogado especialista en la interposición de todo tipo de recursos frente a Hacienda, se refiere a esta cuestión en su última tribuna de opinión publicada en El Periódico de Aquí, edición Valencia.

La problemática que plantea la aplicación de la reducción en caso de alquiler de temporada a estudiantes

Así, José María Salcedo recuerda que Hacienda «niega esta reducción cuando el arrendamiento sea a estudiantes, por contratos de 10 meses, e independientemente de que éstos se renueven cuando vuelva a empezar el curso académico. Y ello, con el argumento de que en ese caso la vivienda no satisface la necesidad de vivienda permanente del arrendatario, que es el requisito que la Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/1994), exige para que un arrendamiento se considere de uso de vivienda. Además, considera Hacienda que el legislador que introdujo la reducción pensó en un arrendamiento que satisficiera una necesidad permanente de vivienda, y no una necesidad temporal.»

«El consejo en estos casos es el de recurrir cualquier liquidación que la Administración notifique, y en la que rechace la aplicación de la reducción. Y es que parece que en este caso las tornas están cambiando, y cada vez van a ser más los Tribunales dispuestos a dar la razón al contribuyente.»

Por ello, si un contribuyente aplica la reducción en este caso Hacienda regularizará su situación, y sólo quedará la posiblidad de recurrir la liquidación que se dicte. Posibilidad que, en opinión de nuestro Socio Director, es muy aconsejable. Ello, atendiendo a las últimas resoluciones de los Tribunales.

Los Tribunales Superiores de Justicia, a favor de los contribuyentes

En efecto, José María Salcedo recuerda que los Tribunales están dando la razón a los contribuyentes. Ello, considerando «que el único requisito previsto en la ley es que se lleve a cabo el arrendamiento de una vivienda, sin especificar si éste es temporal o permanente. Y que por ello la Administración no puede exigir que se trate de una vivienda habitual cuando la ley no lo exige, bastando con que se trate de una vivienda, incluso de carácter temporal.»

En este sentido se han pronunciado Tribunales Superiores de Justicia como el de Madrid, Galicia, y la Comunidad Valenciana.

Además, nuestro Socio Director hace hincapié en que también la nueva Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda se refiere a un nuevo concepto de vivienda que se aleja de la noción de habitualidad que viene exigiendo la Administración Tributaria.

El mejor consejo, recurrir

Por ello, en opinión de José María Salcedo «el consejo en estos casos es el de recurrir cualquier liquidación que la Administración notifique, y en la que rechace la aplicación de la reducción. Y es que parece que en este caso las tornas están cambiando, y cada vez van a ser más los Tribunales dispuestos a dar la razón al contribuyente.»

Pulsa aquí para leer la tribuna de opinión completa publicada en El Periódico De Aquí, julio 2024, edición Valencia.

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho haciendo click aquí o bien escríbenos al email: contacto@josemariasalcedo.com

A. BenaA. Bena
10:05 28 Nov 24
Los conocía a través de internet y el caso que nos ha llevado, ha salido a mi favor gracias a sus servicios, tanto mi mujer como yo estamos encantados por el trato y la resolución del caso, muy competente, altamente recomendable.
M I DM I D
12:11 04 Nov 24
Jose ManuelJose Manuel
17:15 03 Oct 24
Magnífico profesional, de los que hoy día cuesta trabajo encontrar.100% recomendable.
Ignacio P.P.Ignacio P.P.
17:00 22 Sep 24
Excelente en el trato como en la información y asesoramiento que me ha prestado. Genera mucha confianza. Contactar con él es fácil y rápido, así da gusto. Y lo más importante, un experto en su campo.
Jairo NuezJairo Nuez
13:38 19 Sep 24
José María, es un excelente profesional, le contacté por un tema específico el cual dominaba a la perfección y me explicó claramente las posibilidades y situación. A parte de ello es una persona cercana y con capacidad de escucha. En resumen recomiendo sus servicios.
Rosa JarenoRosa Jareno
08:11 05 Aug 24
Contraté los servicios de JM Salcedo para reclamar un impuesto municipal (IBI) mal aplicado y he recibido la sentencia favorable y la devolución estos días. Estoy muy agradecida y satisfecha por los servicios que me ha prestado y por el éxito de la reclamación.
Mirinda LimonMirinda Limon
09:13 18 Jun 24
Muy eficiente a la par que cercano, no le importa tomarse la molestia de explicar con tranquilidad las cosas lo cual para mi es casi tan importante como el resultado. Muy contenta de haber puesto en sus manos mis asuntos, mejor resultado no podría esperar. Lo recomiendo absolutamente.
Antonio MorenoAntonio Moreno
15:56 13 Jun 24
Una maravilla. Cuando nadie confiaba en mi reclamación, José María la ha llevado hasta el Tribunal Superior con éxito. Un éxito que podrán utilizar ahora todos los padres divorciados, con hijos y pensiones de alimentos. José María ha tumbado la decisión de Hacienda, de que retornara las cantidades que me había desgravado por la pensión de alimentos, ya que Hacienda decía que no podía hacerlo al desgravarme por hijos. Eso si, solo me permitía desgravar la menor de las cantidades. Muchas gracias por todo José María. Un fuerte abrazo
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