El Tribunal Supremo revisará si los padres que aceptan donaciones para sus hijos menores pueden responder ante Hacienda
La responsabilidad tributaria de los padres que aceptan donaciones en nombre de hijos menores acaba de llegar al Tribunal Supremo. Muchos progenitores comparecen en notaría para aceptar inmuebles donados a sus hijos sin imaginar que esa intervención puede acabar convirtiéndoles en responsables de las deudas tributarias del otro progenitor.
En efecto, el Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación que puede suponer un importante cambio en los procedimientos de derivación de responsabilidad seguidos por Hacienda frente a familiares de contribuyentes deudores.
La cuestión que deberá resolver el Alto Tribunal consiste en determinar si los padres que comparecen en notaría para aceptar donaciones en nombre de sus hijos menores pueden ser declarados responsables tributarios conforme al artículo 42.2.a) de la Ley General Tributaria. En concreto, Hacienda considera en muchos casos que dichos progenitores colaboran en la ocultación de bienes del deudor tributario, y por ello les exige personalmente el pago de la deuda.
El recurso admitido por el Tribunal Supremo ha sido dirigido por José María Salcedo, abogado especialista en procedimiento tributario y Socio Director de Salcedo Tax Litigation & Legal Advising, que se ha referido a los detalles del caso y al Auto de admisión en este artículo publicado en Idealista.
Hacienda cambió de criterio tras la sentencia del Supremo de 2021
Durante años, la Agencia Tributaria dirigió este tipo de procedimientos directamente contra los hijos menores que habían recibido inmuebles en donación de sus padres deudores.
Sin embargo, el Tribunal Supremo, en sentencia de 25 de marzo de 2021, consideró que no era posible exigir responsabilidad tributaria a menores de edad, al no poder imputárseles una actuación consciente y voluntaria dirigida a ocultar bienes para perjudicar a Hacienda.
Tras dicha resolución, Hacienda modificó su estrategia y comenzó a dirigir los procedimientos frente a los padres que intervenían en la escritura pública aceptando la donación en representación de sus hijos menores.

La clave jurídica del caso: los menores pueden aceptar donaciones no onerosas sin representación
El asunto ahora admitido a trámite por el Tribunal Supremo parte de un supuesto en el que un contribuyente deudor donó varios inmuebles a sus hijos menores de edad.
La Agencia Tributaria declaró responsable tributaria solidaria a la madre de los menores por haber comparecido en notaría aceptando la donación en nombre de sus hijos. No obstante, en el recurso planteado se defendió que los artículos 625 y 626 del Código Civil permiten a los menores aceptar donaciones que no sean condicionales ni onerosas, sin necesidad de representación legal.
Por ello, se sostuvo que la intervención de la madre era jurídicamente innecesaria y que, en consecuencia, no podía considerarse causante ni colaboradora en la ocultación de bienes, ya que la donación podía haberse formalizado igualmente sin su participación.
El Supremo fijará doctrina sobre la responsabilidad tributaria de los padres
El Tribunal Supremo ha considerado que existe interés casacional para determinar si puede declararse responsable tributario al progenitor que acepta en nombre de sus hijos menores una donación no onerosa de inmuebles propiedad del otro progenitor deudor de Hacienda.
La futura sentencia será especialmente relevante porque puede afectar a numerosos procedimientos actualmente abiertos en toda España, así como a contribuyentes que ya han recibido acuerdos de declaración de responsabilidad tributaria en situaciones similares.
Además, esta resolución permitirá completar la doctrina fijada por el propio Tribunal Supremo en 2021 sobre la responsabilidad tributaria derivada de donaciones realizadas a hijos menores.
La importancia de recurrir este tipo de acuerdos de responsabilidad tributaria de los padres
La admisión de este recurso de casación confirma que existen argumentos jurídicos sólidos para discutir este tipo de derivaciones de responsabilidad tributaria acordadas por Hacienda.
Por ello, los contribuyentes afectados por procedimientos similares no deberían dar por cerrada la cuestión, especialmente cuando la declaración de responsabilidad se basa únicamente en la intervención formal de uno de los progenitores en la escritura pública de donación.
En Salcedo Tax Litigation & Legal Advising defendemos habitualmente a contribuyentes frente a acuerdos de derivación de responsabilidad tributaria, procedimientos de recaudación y actuaciones de Hacienda especialmente complejas. La admisión de este recurso por el Tribunal Supremo supone un paso muy importante para limitar interpretaciones expansivas del artículo 42.2.a) de la Ley General Tributaria y reforzar las garantías de los contribuyentes frente a la Administración tributaria.








