Herencias de vivienda en España: Impuestos, conflictos y consejos para herederos

Jose María Salcedo

Abogado especialista en Litigación Tributaria

Concha Perales
13:45 22 Jan 25
Recomiendo a este despacho para cualquier proyecto relacionado con temas fiscales. Excelente gestión con la Hacienda Pública defendiendo nuestros intereses y con resultados positivos y totalmente satisfactorios para nosotros. Merece toda nuestra confianza.
Alfredo Leyzaola
20:18 03 Jan 25
Contraté a este abogado para que me llevase un caso con hacienda. Nunca imaginé que ganaría el caso, pero él lo hizo. Gran profesional, seriedad y honestidad en todo el procedimiento. Recomiendo sin lugar a dudas a este abogado.
Hamadi Dem
19:14 13 Dec 24
He utilizado los servicios de Don José María Salcedo en una reclamación a la AEAT sobre una aplicación incorrecta de una plusvalia. El resultado ha sido positivo despues de varias reclamaciones a diferentes instancias.El trabajo realizado por D. José María ha sido excelente.
Extraordinario servicio y atención. Siempre dispuesto y con un solido conocimiento fiscal, no solo de las siempre cambiantes normas si no también de los detalles y peculiaridades internas de la AEAT, asi como de sus tribunales en las distintas comunidades autónomas. Muy satisfecho con su trabajo.
A. Bena
10:05 28 Nov 24
Los conocía a través de internet y el caso que nos ha llevado, ha salido a mi favor gracias a sus servicios, tanto mi mujer como yo estamos encantados por el trato y la resolución del caso, muy competente, altamente recomendable.
M I D
12:11 04 Nov 24
Jose Manuel
17:15 03 Oct 24
Magnífico profesional, de los que hoy día cuesta trabajo encontrar.100% recomendable.
Ignacio P.P.
17:00 22 Sep 24
Excelente en el trato como en la información y asesoramiento que me ha prestado. Genera mucha confianza. Contactar con él es fácil y rápido, así da gusto. Y lo más importante, un experto en su campo.
Jairo Nuez
13:38 19 Sep 24
José María, es un excelente profesional, le contacté por un tema específico el cual dominaba a la perfección y me explicó claramente las posibilidades y situación. A parte de ello es una persona cercana y con capacidad de escucha. En resumen recomiendo sus servicios.
Rosa Jareno
08:11 05 Aug 24
Contraté los servicios de JM Salcedo para reclamar un impuesto municipal (IBI) mal aplicado y he recibido la sentencia favorable y la devolución estos días. Estoy muy agradecida y satisfecha por los servicios que me ha prestado y por el éxito de la reclamación.
Mirinda Limon
09:13 18 Jun 24
Muy eficiente a la par que cercano, no le importa tomarse la molestia de explicar con tranquilidad las cosas lo cual para mi es casi tan importante como el resultado. Muy contenta de haber puesto en sus manos mis asuntos, mejor resultado no podría esperar. Lo recomiendo absolutamente.
Antonio Moreno
15:56 13 Jun 24
Una maravilla. Cuando nadie confiaba en mi reclamación, José María la ha llevado hasta el Tribunal Superior con éxito. Un éxito que podrán utilizar ahora todos los padres divorciados, con hijos y pensiones de alimentos. José María ha tumbado la decisión de Hacienda, de que retornara las cantidades que me había desgravado por la pensión de alimentos, ya que Hacienda decía que no podía hacerlo al desgravarme por hijos. Eso si, solo me permitía desgravar la menor de las cantidades. Muchas gracias por todo José María. Un fuerte abrazo
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por | Jun 26, 2023 | Expansión, Medios | 0 Comentarios

Las herencias de vivienda aumentan casi un 5% hasta abril. Este tipo de transmisiones son una de las vías más comunes, junto a la compra y la donación, para convertirse en propietario. Sin embargo, en ocasiones, pueden acabar generando importantes quebraderos de cabeza.

En España se suelen heredar en torno a 200.000 inmuebles al año. Sólo en los cuatro primeros meses de 2023 se han transmitido por esta vía hasta 70.318 viviendas, un 4,7% más que en el mismo periodo del ejercicio anterior, según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Esto supone 17.579 transmisiones de inmuebles al mes vía testamento, una cifra muy superior a las 12.669 unidades mensuales registradas de media en la serie histórica que arrancó en 2007.

Pero lo que en principio parece una buena noticia, recibir un piso en propiedad, puede no serlo tanto. De hecho, para los expertos, la vivienda es una de las principales fuentes de conflicto en el momento de repartir el testamento.

Factura fiscal

Por un lado, la liquidación de impuestos, a repartir entre los herederos, es uno de los motivos de discusión recurrentes cuando se lega una vivienda. La carga fiscal de una vivienda heredada es alta, y no siempre se cuenta con los recursos económicos suficientes para afrontarla.

Impuesto de Sucesiones y bonificaciones regionales

En primer lugar, hay que pagar el Impuesto de Sucesiones. Hay regiones con bonificaciones muy altas y otras con menos beneficios fiscales donde el coste se incrementa considerablemente. Por ejemplo, un hijo de 40 años heredera de su padre la que fuera su vivienda habitual, que está valorada en 500.000 euros. En este caso, si vive en Andalucía, Aragón, Cantabria, Cataluña y Galicia no pagará nada por Sucesiones, mientras que el coste se dispara si vive en Comunidad Valenciana (21.564 euros), Asturias (17.355 euros) y Castilla-La Mancha (14.227 euros). Así se desprende de los cálculos realizados por el Reaf Asesores Fiscales y el Consejo General de Economistas para EXPANSIÓN.

En el resto de comunidades, este hombre debería abonar por Sucesiones lo siguiente: Baleares (2.950 euros), Extremadura (711 euros), Murcia (711 euros), La Rioja (711 euros), Madrid (710 euros), Castilla y León (124 euros) y Canarias (50 euros).

Plazos y consideraciones adicionales

«En las comunidades donde está muy bonificado no hay problema; sin embargo, en aquellas que no lo está, la factura fiscal puede ser cuantiosa y sólo se tienen seis meses para pagarla, prorrogables otros seis», explica nuestro Socio Director, José María Salcedo.

Es decir, por recibir un mismo bien heredado se puede pagar entre cero euros o más de 20.000 euros dependiendo de dónde se viva.

En las regiones menos bonificadas, «cuando sólo se reciben inmuebles en una herencia, no se genera un liquidez automática y puede llevar incluso a renunciar a ella, si no hay recursos para pagar los impuestos», añade Salcedo.

Además, en el caso de los herederos no forzosos, de tíos a sobrinos o entre hermanos, desaparecen muchas de las reducciones que aplican las comunidades en el Impuesto de Sucesiones y las obligaciones tributarias se elevan más allá.

Además, hay que abonar la plusvalía municipal para poder inscribir la vivienda en el Registro a nombre de los herederos. Para calcular la plusvalía se tomará como referencia el periodo desde que el fallecido la adquirió y hasta que la recibe el heredero. En Madrid se paga un impuesto medio de plusvalía en las herencias de unos 10.000 euros. Además, este tributo se debe pagar de nuevo si después se vende la propiedad (en este caso, se toma el periodo desde que se heredó hasta que se vende).

Implicaciones del IRPF y riesgos de inflar el valor de la vivienda

En cuanto al IRPF, hay que aclarar que los pisos heredados no tributan en la renta en el momento de recibirlo. Eso sí, si luego se pone en alquiler o se vende, habrá que pagar IRPF por los rendimientos que hayan generado esas operaciones.

En este punto, hay contribuyentes que se plantean inflar el valor de la vivienda, más allá del valor de referencia, en aquellas comunidades en las que está bonificado Sucesiones y esto no supone una carga, para que después la plusvalía generada en la venta sea menor (diferencia entre el valor del piso heredado y el precio al que se vende) y pagar así menos impuestos. Sin embargo, Salcedo avisa de que «esta práctica tiene riesgos porque, aunque las CCAA no te revisen, luego la Agencia Tributaria lo puede hacer y sancionar al vendedor con una multa de miles de euros (que incluya el valor de lo que deberías haber pagado, más los intereses de demora, más un castigo extra)».

Pulsa aquí para leer el artículo completo en Expansión.

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho haciendo click aquí o bien escríbenos al email: contacto@josemariasalcedo.com

Concha Perales
13:45 22 Jan 25
Recomiendo a este despacho para cualquier proyecto relacionado con temas fiscales. Excelente gestión con la Hacienda Pública defendiendo nuestros intereses y con resultados positivos y totalmente satisfactorios para nosotros. Merece toda nuestra confianza.
Alfredo Leyzaola
20:18 03 Jan 25
Contraté a este abogado para que me llevase un caso con hacienda. Nunca imaginé que ganaría el caso, pero él lo hizo. Gran profesional, seriedad y honestidad en todo el procedimiento. Recomiendo sin lugar a dudas a este abogado.
Hamadi Dem
19:14 13 Dec 24
He utilizado los servicios de Don José María Salcedo en una reclamación a la AEAT sobre una aplicación incorrecta de una plusvalia. El resultado ha sido positivo despues de varias reclamaciones a diferentes instancias.El trabajo realizado por D. José María ha sido excelente.
Extraordinario servicio y atención. Siempre dispuesto y con un solido conocimiento fiscal, no solo de las siempre cambiantes normas si no también de los detalles y peculiaridades internas de la AEAT, asi como de sus tribunales en las distintas comunidades autónomas. Muy satisfecho con su trabajo.
A. Bena
10:05 28 Nov 24
Los conocía a través de internet y el caso que nos ha llevado, ha salido a mi favor gracias a sus servicios, tanto mi mujer como yo estamos encantados por el trato y la resolución del caso, muy competente, altamente recomendable.
M I D
12:11 04 Nov 24
Jose Manuel
17:15 03 Oct 24
Magnífico profesional, de los que hoy día cuesta trabajo encontrar.100% recomendable.
Ignacio P.P.
17:00 22 Sep 24
Excelente en el trato como en la información y asesoramiento que me ha prestado. Genera mucha confianza. Contactar con él es fácil y rápido, así da gusto. Y lo más importante, un experto en su campo.
Jairo Nuez
13:38 19 Sep 24
José María, es un excelente profesional, le contacté por un tema específico el cual dominaba a la perfección y me explicó claramente las posibilidades y situación. A parte de ello es una persona cercana y con capacidad de escucha. En resumen recomiendo sus servicios.
Rosa Jareno
08:11 05 Aug 24
Contraté los servicios de JM Salcedo para reclamar un impuesto municipal (IBI) mal aplicado y he recibido la sentencia favorable y la devolución estos días. Estoy muy agradecida y satisfecha por los servicios que me ha prestado y por el éxito de la reclamación.
Mirinda Limon
09:13 18 Jun 24
Muy eficiente a la par que cercano, no le importa tomarse la molestia de explicar con tranquilidad las cosas lo cual para mi es casi tan importante como el resultado. Muy contenta de haber puesto en sus manos mis asuntos, mejor resultado no podría esperar. Lo recomiendo absolutamente.
Antonio Moreno
15:56 13 Jun 24
Una maravilla. Cuando nadie confiaba en mi reclamación, José María la ha llevado hasta el Tribunal Superior con éxito. Un éxito que podrán utilizar ahora todos los padres divorciados, con hijos y pensiones de alimentos. José María ha tumbado la decisión de Hacienda, de que retornara las cantidades que me había desgravado por la pensión de alimentos, ya que Hacienda decía que no podía hacerlo al desgravarme por hijos. Eso si, solo me permitía desgravar la menor de las cantidades. Muchas gracias por todo José María. Un fuerte abrazo
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Los gastos de reforma integral de una vivienda ¿son deducibles en el IRPF?

Los gastos de reforma integral de una vivienda ¿son deducibles en el IRPF?

Hacienda viene desde hace tiempo cuestionando que las obras y reformas realizadas en un inmueble aumenten su valor de adquisición a la hora de calcular la ganancia patrimonial por la que se tributará en el IRPF. Por ello interesa distinguir lo que son gastos de reparación y conservación, de lo que son inversiones y mejoras, para poder defenderse adecuadamente.