El Impuesto sobre el Patrimonio podría ser contrario a nuestra Constitución. Y sobre esta cuestión se pronunciará en breve el Tribunal Constitucional. Ello, en respuesta a un recurso planteado contra las modificaciones del impuesto acometidas en su día por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Pero, ¿cómo afecta esto a los contribuyentes? ¿Por qué conviene reclamar, y es mejor hacerlo cuanto antes?
Nuestro Socio Director, José María Salcedo Benavente, abogado especialista en la interposición de todo tipo de recursos frente a Hacienda, comenta todas estas cuestiones en su última tribuna de opinión publicada en El Periódico de Aquí.
En ella, recuerda en primer lugar que la iconstitucionalidad podría declararse porque la nueva redacción del impuesto tras la modificación por Ley de Presupuestos «podría vulnerar el principio de no confiscatoriedad, y la prohibición de crear nuevos tributos mediante ley de presupuestos.» Además, recalca que «dicha inconstitucionalidad afectaría al impuesto presentado en los años 2021 y 2022.»
¿A qué se debe la urgencia en solicitar la devolución del Impuesto sobre el Patrimonio?
Además, y en cuanto a la urgencia por reclamar la devolución del impuesto cuanto antes, la fundamenta en «la costumbre adoptada por el Tribunal Constitucional en sus últimas sentencias, consistente en limitar los efectos de las declaraciones de inconstitucionalidad.»
Así, José María Salcedo recuerda que «lo que está haciendo el Constitucional es declarar la inconstitucionalidad de una norma, afirmando en muchos casos que la misma es, además, nula. Sin embargo, acto seguido limita los efectos de dicha declaración para que la mayoría de los contribuyentes no puedan beneficiarse de ella. Para ellos, por tanto, la ley nula e inconstitucional sigue teniendo todos sus efectos.»
«Es precisamente ese temor a que los que no han reclamado no puedan beneficiarse de una hipotética declaración de inconstitucionalidad, lo que le lleva a aconsejar que «hay que reclamar la devolución del Impuesto sobre el Patrimonio ya, sin demora, antes de que sea declarado inconstitucional»»
Como consecuencia de ello, lamenta que a día de hoy se imponga la litigiosidad preventiva. Es decir, «la costumbre de recurrirlo y reclamarlo absolutamente todo, cuando exista la mínima duda de que la norma que sustenta el tributo pueda ser inconstitucional.»
Y es precisamente ese temor a que los que no han reclamado no puedan beneficiarse de una hipotética declaración de inconstitucionalidad, lo que le lleva a aconsejar que «hay que reclamar la devolución del Impuesto sobre el Patrimonio ya, sin demora, antes de que sea declarado inconstitucional.»
Y es que, si espera a que se produzca tal declaración, será demasiado tarde, zanja José María Salcedo.
Pulsa aquí para leer la tribuna de opinión publicada en El Periódico de Aquí.