La revisión de las liquidaciones firmes de plusvalía municipal, de nuevo a estudio por el Supremo

Jose María Salcedo

Abogado especialista en Litigación Tributaria

Concha Perales
13:45 22 Jan 25
Recomiendo a este despacho para cualquier proyecto relacionado con temas fiscales. Excelente gestión con la Hacienda Pública defendiendo nuestros intereses y con resultados positivos y totalmente satisfactorios para nosotros. Merece toda nuestra confianza.
Alfredo Leyzaola
20:18 03 Jan 25
Contraté a este abogado para que me llevase un caso con hacienda. Nunca imaginé que ganaría el caso, pero él lo hizo. Gran profesional, seriedad y honestidad en todo el procedimiento. Recomiendo sin lugar a dudas a este abogado.
Hamadi Dem
19:14 13 Dec 24
He utilizado los servicios de Don José María Salcedo en una reclamación a la AEAT sobre una aplicación incorrecta de una plusvalia. El resultado ha sido positivo despues de varias reclamaciones a diferentes instancias.El trabajo realizado por D. José María ha sido excelente.
Extraordinario servicio y atención. Siempre dispuesto y con un solido conocimiento fiscal, no solo de las siempre cambiantes normas si no también de los detalles y peculiaridades internas de la AEAT, asi como de sus tribunales en las distintas comunidades autónomas. Muy satisfecho con su trabajo.
A. Bena
10:05 28 Nov 24
Los conocía a través de internet y el caso que nos ha llevado, ha salido a mi favor gracias a sus servicios, tanto mi mujer como yo estamos encantados por el trato y la resolución del caso, muy competente, altamente recomendable.
M I D
12:11 04 Nov 24
Jose Manuel
17:15 03 Oct 24
Magnífico profesional, de los que hoy día cuesta trabajo encontrar.100% recomendable.
Ignacio P.P.
17:00 22 Sep 24
Excelente en el trato como en la información y asesoramiento que me ha prestado. Genera mucha confianza. Contactar con él es fácil y rápido, así da gusto. Y lo más importante, un experto en su campo.
Jairo Nuez
13:38 19 Sep 24
José María, es un excelente profesional, le contacté por un tema específico el cual dominaba a la perfección y me explicó claramente las posibilidades y situación. A parte de ello es una persona cercana y con capacidad de escucha. En resumen recomiendo sus servicios.
Rosa Jareno
08:11 05 Aug 24
Contraté los servicios de JM Salcedo para reclamar un impuesto municipal (IBI) mal aplicado y he recibido la sentencia favorable y la devolución estos días. Estoy muy agradecida y satisfecha por los servicios que me ha prestado y por el éxito de la reclamación.
Mirinda Limon
09:13 18 Jun 24
Muy eficiente a la par que cercano, no le importa tomarse la molestia de explicar con tranquilidad las cosas lo cual para mi es casi tan importante como el resultado. Muy contenta de haber puesto en sus manos mis asuntos, mejor resultado no podría esperar. Lo recomiendo absolutamente.
Antonio Moreno
15:56 13 Jun 24
Una maravilla. Cuando nadie confiaba en mi reclamación, José María la ha llevado hasta el Tribunal Superior con éxito. Un éxito que podrán utilizar ahora todos los padres divorciados, con hijos y pensiones de alimentos. José María ha tumbado la decisión de Hacienda, de que retornara las cantidades que me había desgravado por la pensión de alimentos, ya que Hacienda decía que no podía hacerlo al desgravarme por hijos. Eso si, solo me permitía desgravar la menor de las cantidades. Muchas gracias por todo José María. Un fuerte abrazo
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Muchos son los contribuyentes que en su día pagaron el impuesto de plusvalía municipal, a pesar de haber transmitido un terreno en pérdidas. Si estos contribuyentes no presentaron un recurso, la liquidación dictada por el Ayuntamiento devino firme, e inatacable. Y es que el Tribunal Supremo, en varias sentencias, se encargó de cerrar la vía de la nulidad de pleno derecho y la de la revocación (artículos 217 y 219 de la Ley General Tributaria), para estos sufridos contribuyentes. Sin embargo, esta situación de bloqueo que afecta a estas liquidaciones firmes de plusvalía, podría cambiar en los próximos meses.

En efecto, nuestro Socio Director, José María Salcedo Benavente, abogado especializado en la interposición de todo tipo de recursos frente a Hacienda, comenta en Idealista una reciente Auto del Tribunal Supremo que abre la puerta a permitir la revisión de estas liquidaciones firmes de plusvalía municipal, dictadas en supuestos de transmisiones en pérdidas. Pero ¿a qué se debe tal cambio de criterio?

La STC 108/2022, y la posibilidad de revisar las liquidaciones firmes tras la declaración de inconstitucionalidad

El origen de este cambio de criterio lo encontramos en la sentencia 108/2022 del Tribunal Constitucional. Y es que en dicha sentencia, afirma José maría Salcedo, se indica que «cuando se declara la inconstitucionalidad de una norma, se debe permitir la revisión de todos los actos vinculados a la misma. Esta perspectiva del Tribunal Constitucional ha reabierto el debate sobre la posibilidad de revisar las liquidaciones firmes de plusvalía municipal, en situaciones de transmisiones en pérdidas.»

Pues bien, dicha sentencia fue muy bien recibida por el Juzgado de lo Contencioso número 3 de Valencia, que en sentencia dictada en fecha 17-11-2022 declaró la nulidad de pleno derecho de una liquidación firme de plusvalía municipal. Y ha sido precisamente el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Valencia frente a dicha sentencia, el que ha motivado que se reabra este debate, que parecía ya cerrado.

¿Qué va a decidir el Tribunal Supremo?

Pues bien, el Tribunal Supremo, mediante Auto de 20-7-2023 (recurso 199/2023), ha acordado que procede «Reafirmar, completar, matizar o, en su caso, corregir la jurisprudencia en virtud de la cual la declaración de inconstitucionalidad contenida en la STC 59/2017, de 11 de mayo, no determina que las liquidaciones del IIVTNU, giradas con anterioridad y que hubieran ganado firmeza en vía administrativa, incurran en los supuestos de nulidad de pleno derecho previstos en el artículo 217.1, letras a), e), f) y g), de la LGT, todo ello a la luz de la STC 108/2022, de 26 de septiembre.»

Y ello, porque considera que «no es posible descartar categóricamente que los términos en los que se pronuncia la citada STC 108/2022 puedan tener impacto y permitan albergar dudas sobre la plena vigencia de la jurisprudencia señalada, como así lo ha puesto de manifiesto el Juzgado de instancia y lo señalan, adicionalmente, otras sentencias de diferentes órganos judiciales. En este sentido, por ejemplo, se pronuncia, adicionalmente, la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 21 de Madrid de 23 de noviembre de 2022 (rec. 205/2021, ECLI:ES:JCA:2022:2171).»

¿Qué deben hacer los contribuyentes?

Estamos, en definitiva, ante un Auto que abre la puerta a que estos contribuyentes que en su día pagaron la plusvalía municipal en supuestos de pérdidas, siendo firme la liquidación municipal que recibieron, puedan recuperar lo pagado. Para ello, lo conveniente será iniciar un procedimiento especial de revisión, siendo el más procedente en este caso el de nulidad de pleno derecho.

Pulsa aquí para leer la noticia publicada en Idealista.

Si desea ampliar la presente información, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho haciendo click aquí o bien escríbenos al email: contacto@josemariasalcedo.com

Concha Perales
13:45 22 Jan 25
Recomiendo a este despacho para cualquier proyecto relacionado con temas fiscales. Excelente gestión con la Hacienda Pública defendiendo nuestros intereses y con resultados positivos y totalmente satisfactorios para nosotros. Merece toda nuestra confianza.
Alfredo Leyzaola
20:18 03 Jan 25
Contraté a este abogado para que me llevase un caso con hacienda. Nunca imaginé que ganaría el caso, pero él lo hizo. Gran profesional, seriedad y honestidad en todo el procedimiento. Recomiendo sin lugar a dudas a este abogado.
Hamadi Dem
19:14 13 Dec 24
He utilizado los servicios de Don José María Salcedo en una reclamación a la AEAT sobre una aplicación incorrecta de una plusvalia. El resultado ha sido positivo despues de varias reclamaciones a diferentes instancias.El trabajo realizado por D. José María ha sido excelente.
Extraordinario servicio y atención. Siempre dispuesto y con un solido conocimiento fiscal, no solo de las siempre cambiantes normas si no también de los detalles y peculiaridades internas de la AEAT, asi como de sus tribunales en las distintas comunidades autónomas. Muy satisfecho con su trabajo.
A. Bena
10:05 28 Nov 24
Los conocía a través de internet y el caso que nos ha llevado, ha salido a mi favor gracias a sus servicios, tanto mi mujer como yo estamos encantados por el trato y la resolución del caso, muy competente, altamente recomendable.
M I D
12:11 04 Nov 24
Jose Manuel
17:15 03 Oct 24
Magnífico profesional, de los que hoy día cuesta trabajo encontrar.100% recomendable.
Ignacio P.P.
17:00 22 Sep 24
Excelente en el trato como en la información y asesoramiento que me ha prestado. Genera mucha confianza. Contactar con él es fácil y rápido, así da gusto. Y lo más importante, un experto en su campo.
Jairo Nuez
13:38 19 Sep 24
José María, es un excelente profesional, le contacté por un tema específico el cual dominaba a la perfección y me explicó claramente las posibilidades y situación. A parte de ello es una persona cercana y con capacidad de escucha. En resumen recomiendo sus servicios.
Rosa Jareno
08:11 05 Aug 24
Contraté los servicios de JM Salcedo para reclamar un impuesto municipal (IBI) mal aplicado y he recibido la sentencia favorable y la devolución estos días. Estoy muy agradecida y satisfecha por los servicios que me ha prestado y por el éxito de la reclamación.
Mirinda Limon
09:13 18 Jun 24
Muy eficiente a la par que cercano, no le importa tomarse la molestia de explicar con tranquilidad las cosas lo cual para mi es casi tan importante como el resultado. Muy contenta de haber puesto en sus manos mis asuntos, mejor resultado no podría esperar. Lo recomiendo absolutamente.
Antonio Moreno
15:56 13 Jun 24
Una maravilla. Cuando nadie confiaba en mi reclamación, José María la ha llevado hasta el Tribunal Superior con éxito. Un éxito que podrán utilizar ahora todos los padres divorciados, con hijos y pensiones de alimentos. José María ha tumbado la decisión de Hacienda, de que retornara las cantidades que me había desgravado por la pensión de alimentos, ya que Hacienda decía que no podía hacerlo al desgravarme por hijos. Eso si, solo me permitía desgravar la menor de las cantidades. Muchas gracias por todo José María. Un fuerte abrazo
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